Noticias y Eventos

  • ADULTOS MAYORES DE PELSCAM DELEGACION INSS JOSE BENITO ESCOBAR SE PREPARAN PARA EPOCA NAVIDEÑA

    Un grupo de adultos mayores que integran Pelscam de la delegación INSS José Benito Escobar, se preparan en canto de cara las actividades de la época de la navidad.

    Leer más...  
  • ADULT@S MAYORES INTEGRANTES DE PELSCAM DE LA DELEGACION INSS OSCAR TURCIOS, CELEBRARON DIA INTERNACIONAL DE LUCHA CONTRA CANCER DE MAMA CON ZUMBATON

    Más de treinta Adult@s mayores integrantes de Pelscam de la delegación Inss Oscar Turcios, celebraron día internacional de lucha contra cáncer de mama con  un zumbaton rosa .

    Leer más...  

Pensiones

Pensión de Vejez

Las prestaciones de Vejez tienen por objeto cubrir las necesidades básicas del asegurado y de las personas a su cargo, cuando su aptitud de trabajo se encuentra disminuida por la vejez.

Tiene derecho a una pensión de vejez el asegurado que ha cumplido 60 años de edad y 750 semanas cotizadas.

Otros tipos de pensiones de vejez

Las maestras de educación de cualquier nivel al cumplir 55 años de edad, siempre que acrediten haber cumplido con 750 cotizaciones.

Los maestros varones podrán jubilarse a partir de los 55 años, si acreditan 1,500 semanas cotizadas.

Los trabajadores que acrediten haber cotizado 15 o más años, en labores mineras, al cumplir 55 años de edad.

El asegurado que se incorpora en el Seguro social habiendo cumplido 45 años de edad. En este caso deberá haber cotizado la mitad del tiempo comprendido entre la fecha de su incorporación y la fecha del cumplimiento de la edad correspondiente o de la última semana cotizada con posterioridad, con un mínimo absoluto de 250 cotizaciones semanales.

Al asegurado que ha prestado sus servicios por quince o más años en forma continua en labores que signifiquen un desgaste físico o mental a juicio de su médico tratante, ratificado por la Comisión de Invalidez, podrá rebajársele la edad para el disfrute de la pensión de vejez hasta los 55 años.

Cálculo

Para el cálculo de la pensión de vejez, la remuneración base mensual (salario base) de un asegurado será el promedio que resulte de dividir entre 375 la suma de los promedios de las últimas 375 semanas cotizadas y multiplicar el cociente por el factor 4.33. Para estos efectos, las semanas subsidiadas se considerarán cotizadas.

 

Cobertura

Las prestaciones por pensión de Vejez son:

  • Pensión mensual vitalicia
  • Asignaciones familiares
  • Ayuda asistencial al pensionado que necesite de la asistencia constante de otra persona

Pensión de Invalidez

Las prestaciones de invalidez tienen por objeto cubrir a las necesidades básicas del asegurado y de las personas a su cargo, promover la readaptación profesional del incapacitado y procurar su reingreso a la actividad económica.

Las prestaciones por pensión de Invalidez son:

  • Pensión de Invalidez total o parcial
  • Asignaciones Familiares.
  • Ayuda asistencial al pensionado que necesite de la asistencia constante de otra persona.

Publicaciones