Noticias y Eventos

  • ALIMENTACION SALUDABLE, CHARLA EN BENEFICIO DE LOS ADULTOS MAYORES DE LA DELEGACION INSS, GERMAN POMARES.

    Adultos mayores  miembros de Pelscam, integrantes de la delegación INSS, Germán Pomares, participaron en la charla  sobre alimentación saludable, como parte del componente de salud del programa.

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  • LA DANZA ARABE, UNA BENEFICIO FISICO Y EMOCIONAL PARA LOS ADULTOS MAYORES DE LA DELEGACION SELIM SHIBLE

    Adultas  mayores que integran Pelscam de la Delegación INSS Selim Shile, participan de las clases de danza árabe,  en beneficio del estado físico y emocional del adulto mayor y como parte del componente de salud del programa.

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Subsidios

Subsidio por Maternidad

Es la prestación económica de corto plazo a la que tiene derecho la asegurada por maternidad.

Principios

Tendrán derecho al subsidio de descanso por maternidad las trabajadoras aseguradas del Régimen Integral que acredite 16 cotizaciones semanales dentro de las últimas 39 semanas que precedan a la presunta fecha del parto.

El subsidio de descanso por maternidad será equivalente al 60% de la remuneración semanal promedio, se otorgará durante las 4 semanas anteriores y las ocho semanas posteriores al parto, que serán obligatorias descansar.

Procedimientos

  • La IPSS de la asegurada otorgará "Orden de Reposo por maternidad" de forma individual. Esta deberá ser entregada al INSS para su registro y verificación y el pago de la prestación.
  • El empleador deberá completar el 100% del ingreso mensual.

Subsidio de Lactancia

Es la dotación de producto de leche maternizada que otorga el INSS a los hijos del asegurado activo y su beneficiaria durante los primeros 6 meses de vida.

Principios

El INSS promueve a través de las Instituciones Proveedoras de Servicios de Salud la Lactancia Materna, considerando ésta como la mejor opción para la alimentación de los recién nacidos y lactantes.

Procedimientos

Se distribuyen 45 potes de leche maternizada, de la siguiente manera:

  • 1er mes: 4 potes
  • 2do mes: 6 potes
  • 3er mes: 8 potes
  • 4to mes: 9 potes
  • 5to mes: 9 potes
  • 6to mes: 9 potes

Subsidio por Enfermedad Común

Es la prestación económica que otorga el INSS a los asegurados activos o cesantes con enfermedad que produzca incapacidad para el trabajo el subsidio será equivalente al 60% de la categoría en que esté incluido el promedio de las últimas 8 cotizaciones semanales dentro de las 22 semanas anteriores a la fecha inicial de la incapacidad.

Principios

  • El subsidio se otorga mientras dure la incapacidad hasta un máximo de 52 semanas y se pagará a partir del cuarto día de incapacidad
  • En los casos de enfermedad que requieran hospitalización y en los accidentes comunes, el subsidio se pagará desde el primer día de la incapacidad.

Procedimientos

La indicación del Subsidio es emitida en el formato "Orden de Reposo por Incapacidad Temporal" por la IPSS del asegurado, y es otorgada de forma individual sin exceder de 30 días, concediéndose mientras dure la incapacidad o hasta cumplir un máximo de 52 Semanas luego de lo cual el caso es trasladado a la Comisión de Invalidez para su valoración.

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